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Superintendencia de Servicios de Salud, tendrá la facultad de dictar normas relativas al ejercicio del derecho de opción de cambio entre las Obras Sociales.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina
Fecha de publicación: 24/04/1998
Alcance: Nacional / Argentina
Idioma: Español
Colección: Obras Sociales, Salud Pública, Seguridad Social
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